Bajo la nueva ley, la posesión de 25 o más plantas (anteriormente 300 plantas) es prueba semiplena de la intención de vender o distribuir, y para ser un segundo crimen grave del grado que lleva una pena máxima de 15 años en la cárcel y un $10.000 fino. La posesión de 20 gramos o menos de marijuana es un delito menor, que se puede condenar a hasta un año en la cárcel y una multa de hasta $1.000. La posesión de más de 20 gramos de marijuana es una felonía, que se puede condenar a hasta cinco años en la prisión y una multa de hasta $5.000. La entrega de 20 gramos o menos de marijuana sin remuneración es un delito menor y se puede condenar a hasta un año en la cárcel y una multa de hasta $1.000. La venta, la entrega, o el cultivo de cualquier otra cantidad hasta 25 libras es una felonía que se puede condenar a hasta cinco años en la prisión y una multa de hasta $5.000. La venta, la entrega, o el cultivo de más de 25 libras se considera tráfico, y todas las ofensas de tráfico tienen sentencias mínimas obligatorias. Por menos de 2.000 libras o menos de 2.000 plantas, hay una sentencia mínima obligatoria de tres años y una multa de $25.000. Por menos de 10.000 libras o menos de 10.000 plantas, hay una sentencia mínima obligatoria de siete años y una multa de $50.000. Por 10.000 libras o 10.000 plantas o más, la sentencia mínima obligatoria es 15 años en la prisión y una multa de $200.000. Cualquier venta o entrega que ocurre a 200 pies de una universidad, parque público o vivienda pública, o que ocurre a 1.000 pies de una escuela, centro de cuidado de niños, o iglesia se puede condenar a hasta 15 años en la prisión y una multa de $10.000. La posesión de parafernalia es un delito menor, que se puede condenar a hasta un año en la cárcel y una multa de hasta $1.000. La convicción de una ofensa de drogas también resulta en la suspensión de la licencia de conducir por un mínimo de seis meses pero no más de dos años. |